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Desde #HernándezyDíazAbogados queremos analizar una cuestión que está a la orden en nuestro día a día y que, como padres/madres, debemos conocer.

En primer lugar debemos saber, ¿qué se entiende por incumplimiento del régimen de visitas?

Con independencia del motivo, el hecho de no cumplir de forma reiterada e injustificada el régimen de visitas establecido en convenio o resolución judicial, es un “incumplimiento“.

Si estoy ante un incumplimiento, ¿qué hago?

Estará pensando …denunciar…, pues no. Si bien anteriormente esta era la actuación correcta, tras la reforma del Código Penal, no puede acudirse a la policía o al Juzgado de guardia a interponer una denuncia ante dicho incumplimiento.

Actualmente al estar esta conducta despenalizada, los incumplimientos del régimen de visitas se deben tramitar por la vía civil.

Así pues, los caminos que debemos tomar serán distintos en función de las circunstancias del caso concreto:

  • Si existen incumplimiento pero se llega a un nuevo acuerdo:
    1. Con carácter temporal, se puede hacer un documento privado o ante notario, firmado por ambas partes en el que se recoja el régimen de visitas durante ese tiempo.
    2. Con carácter definitivo, se deberá poner una demanda de modificación de las medidas que ya existen solicitando que se recojan las nuevas circunstancias.
  • Si hay conflicto:
    1. Habrá que hacerle requerimientos previos (aconsejamos, burofax), instando el cumplimiento del convenio o la sentencia, para lo cual aconsejamos asesoramiento legal.
    2. Si tras el requerimiento no cesan los incumplimientos, deberá interponer una demanda de ejecución del convenio o sentencia, mediante la cual el Juzgado requerirá al progenitor incumplidor para que cumpla con su obligación.
    3. Si el progenitor continúa sin cumplir, se le podrá apremiar con multas conforme al artículo 776.2ª de la Ley de Enjuiciamiento Civil, es decir, se le impondrá una multa por cada mes que transcurra sin cumplir las obligaciones del convenio o sentencia.

¿Qué pasa si aun así continúa incumpliendo?

Tal y como avanzamos en el punto anterior, con el antiguo Código Penal, ante los incumplimientos en el régimen de visitas se podía denunciar dando lugar a un juicio de faltas en atención al artículo 618.2: “el que incumpliere obligaciones familiares establecidas en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial en los supuestos de separación legal, divorcio, declaración de nulidad del matrimonio, proceso de filiación o proceso de alimentos a favor de sus hijos, que no constituya delito, será castigado con la pena de multa de 10 días a dos meses o trabajos en beneficio de la comunidad de uno a 30 días”.

 Actualmente al estar esta conducta despenalizada, no son perseguibles, a priori, por la vía penal.

 ¿Significa esto que no puede acudir a la vía penal?

Nuestro ordenamiento no veta por completo el acceso a la vía penal en este tipo de conductas, así, si ha habido un requerimiento judicial y el incumplimiento persiste, se puede entender que estaríamos ante un delito de desobediencia a la autoridad previsto en el artículo 556 del Código Penal.

Es decir, si después de realizados los trámites previstos por la vía civil, el progenitor “infractor” persiste en su quebrantamiento, también se podrá acudir a la vía penal por comisión de un presunto delito de desobediencia grave a la autoridad judicial.

Hay que tener presente que, de forma paralela, todo lo anterior puede desembocar en un procedimiento de Modificación de Medidas solicitando la modificación del régimen de visitas o incluso la custodia del menor, justificando dicha modificación en el incumplimiento reiterado de las obligaciones del régimen de visitas.

Ante un incumplimiento del régimen de visitas, para acudir tanto a la vía judicial civil como, posteriormente a la penal, será necesario comparecer mediante abogado y procurador, por lo que, si está ante una situación como esta, le recomendamos actuar de forma rápida y, para ello, puede contar con el equipo profesional de #HernándezyDíazAbogados, despacho de abogados en Tenerife, especialistas en #DerechoFamilia. Contacte con nosotros solicitando Cita Previa.