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	<title>Hernández &amp; Díaz Abogados</title>
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	<description>Despacho de abogados en Tenerife</description>
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	<title>Hernández &amp; Díaz Abogados</title>
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	<item>
		<title>Evitar problemas en tus vacaciones: Overbooking</title>
		<link>https://hernandezydiazabogados.com/evitar-problemas-en-tus-vacaciones-overbooking/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[echeide]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 29 May 2017 12:05:24 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Casos Reales]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La entrada <a href="https://hernandezydiazabogados.com/evitar-problemas-en-tus-vacaciones-overbooking/">Evitar problemas en tus vacaciones: Overbooking</a> se publicó primero en <a href="https://hernandezydiazabogados.com">Hernández &amp; Díaz Abogados</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<div class="et_pb_section et_pb_section_0 et_section_regular" >
				
				
				
				
				
				
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				<div class="et_pb_text_inner"><blockquote><p>Ahora que empieza la temporada de vacaciones de verano, en Hernandez y Díaz Abogados queremos ayudarte a solventar algunos inconvenientes que pueden surgir a la hora de realizar tus viajes. Te pondremos varios casos para que estés preparado ante alguna de las siguientes situaciones y tus relajantes vacaciones no se conviertan en una pesadilla irreversible.</p></blockquote></div>
			</div><div class="et_pb_module et_pb_text et_pb_text_1  et_pb_text_align_left et_pb_bg_layout_light">
				
				
				
				
				<div class="et_pb_text_inner"><h2>Overbooking</h2>
<p>Desgraciadamente el<strong> overbooking o denegación de embarque</strong> se produce con más frecuencia en los viajes en avión de lo que nos gustaría, debido a que las compañías deciden vender más plazas de las disponibles, alegando con que existe una probabilidad muy elevada que un pequeño porcentaje de viajeros no se presente al embarque. Esta es<strong> una práctica comercial legal</strong>, que está permitida en la Unión Europea y regulada por el <a href="http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2004-80291">Reglamento CE nº 261/2004</a>.</p></div>
			</div><div class="et_pb_module et_pb_image et_pb_image_0">
				
				
				
				
				<span class="et_pb_image_wrap "><img fetchpriority="high" decoding="async" width="935" height="178" src="https://hernandezydiazabogados.com/wp-content/uploads/2017/05/overbooking-avion.gif" alt="" title="" class="wp-image-393" /></span>
			</div><div class="et_pb_module et_pb_text et_pb_text_2  et_pb_text_align_left et_pb_bg_layout_light">
				
				
				
				
				<div class="et_pb_text_inner"><p>Los tipos de <em>overbooking </em>son dos:</p>
<ul class="list">
<li><strong>Voluntario</strong>: la aerolínea debe reembolsar el billete, ofrecer transporte alternativo, y otros beneficios (cheques o bonos de viajes, dinero en metálico, asiento en <em>business</em>&#8230;). <strong>Esta acción impide reclamar más adelante</strong>.</li>
<li><strong>No voluntario</strong>: la aerolínea debe reembolsar el billete, ofrecer transporte alternativo y compensación económica.</li>
</ul>
<p>Aunque <strong>la sobreventa de asientos sea una práctica comercial legal en la Unión Europea</strong>, los pasajeros tienen una serie de <strong><a title="derechos pasajeros avion" href="https://www.reclamador.es/derechos-del-pasajero" target="_blank" rel="noopener">derechos que las compañías aéreas deben cumplir</a></strong>. Ante todo, cuando una compañía aérea prevea que tendrá que denegar el embarque en un vuelo, deberá <strong>comunicar a los viajeros las normas en materia de compensación y asistencia</strong>.</p>
<p>Las líneas aéreas deberán, en primer lugar, pedir que se presenten voluntarios que renuncien a sus reservas a cambio de determinados beneficios. Si no se alcanza el número suficiente para permitir el embarque, <strong>deberán indemnizar</strong>, tal y como exige la normativa europea, a todos aquellos pasajeros con una reserva confirmada.</p>
<p>Para reclamar, hay que dirigirse a la compañía aérea o a la agencia de viajes. Se pueden solicitar las hojas de reclamaciones de <a href="http://www.aena.es/csee/Satellite/Home">AENA</a>, elevar una queja ante la Dirección General de Turismo autonómica, o acudir a la Dirección General de Aviación Civil, siendo los tribunales la última opción posible.</p>
<h3></h3>
<h3>Voluntarios en casos de overbooking</h3></div>
			</div><div class="et_pb_module et_pb_image et_pb_image_1 et_animated et-waypoint">
				
				
				
				
				<span class="et_pb_image_wrap "><img loading="lazy" decoding="async" width="2481" height="793" src="https://hernandezydiazabogados.com/wp-content/uploads/2017/05/overbooking-01.jpg" alt="" title="" srcset="https://hernandezydiazabogados.com/wp-content/uploads/2017/05/overbooking-01.jpg 2481w, https://hernandezydiazabogados.com/wp-content/uploads/2017/05/overbooking-01-300x96.jpg 300w, https://hernandezydiazabogados.com/wp-content/uploads/2017/05/overbooking-01-768x245.jpg 768w, https://hernandezydiazabogados.com/wp-content/uploads/2017/05/overbooking-01-1024x327.jpg 1024w, https://hernandezydiazabogados.com/wp-content/uploads/2017/05/overbooking-01-610x195.jpg 610w, https://hernandezydiazabogados.com/wp-content/uploads/2017/05/overbooking-01-1080x345.jpg 1080w" sizes="(max-width: 2481px) 100vw, 2481px" class="wp-image-391" /></span>
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				<div class="et_pb_text_inner"><p><strong>La compañía</strong> aérea <strong>deberá ofrecer las siguientes opciones</strong>, sabiendo que serán l<strong>os viajeros</strong> quienes <strong>elijan</strong> entre éstas:</p>
<ol class="list list-ordered">
<li><strong>Reembolso</strong> en 7 días <strong>del coste del billete</strong> correspondiente a la parte del viaje no realizada, junto con, cuando proceda, un <strong>vuelo de vuelta</strong> al primer punto de partida lo más rápidamente posible.</li>
<li><strong>Reembolso</strong> en 7 días <strong>del precio íntegro del billet</strong>e cuando se compró, correspondiente incluso a la parte o partes del viaje efectuadas, si el vuelo ya no tiene sentido respecto al plan de viaje inicial del pasajero, y, cuando proceda, un <strong>vuelo de vuelta</strong> al primer punto de partida lo más rápidamente posible.</li>
<li><strong>Traslado al destino final</strong> lo antes posible en condiciones de transporte comparables.</li>
<li><strong>Traslado al destino</strong> en condiciones comparables <strong>en otra fecha que convenga al pasajero</strong>.</li>
</ol>
<p>El pasajero también tiene derecho a que la compañía aérea cubra los gastos que genere el traslado de un aeropuerto a otro, cuando finalmente vuele desde o hasta un aeródromo distinto para el que se efectuó la reserva, en aquellas localidades en que existan dos aeropuertos.</p>
<p>Además, <strong>la aerolínea tiene que brindar determinados beneficios</strong>, cheques de viajes, dinero en metálico o asiento en primera clase.</p>
<p>Finalmente, en el único caso en que el número de personas voluntarias sea insuficiente, la aerolínea tendrá la posibilidad de <strong>denegar el embarque</strong> a los pasajeros contra la voluntad de éstos, <strong>debiendo proponerles una compensación inmediata</strong> y <strong>prestarles asistencia</strong> así como <strong>ofrecerles el reembolso</strong> del eventual billete o transporte que vayan a utilizar.</p>
<h3></h3>
<h3>No voluntarios en casos de overbooking</h3></div>
			</div><div class="et_pb_module et_pb_image et_pb_image_2 et_animated et-waypoint">
				
				
				
				
				<span class="et_pb_image_wrap "><img loading="lazy" decoding="async" width="2481" height="793" src="https://hernandezydiazabogados.com/wp-content/uploads/2017/05/overbooking-02.jpg" alt="" title="" srcset="https://hernandezydiazabogados.com/wp-content/uploads/2017/05/overbooking-02.jpg 2481w, https://hernandezydiazabogados.com/wp-content/uploads/2017/05/overbooking-02-300x96.jpg 300w, https://hernandezydiazabogados.com/wp-content/uploads/2017/05/overbooking-02-768x245.jpg 768w, https://hernandezydiazabogados.com/wp-content/uploads/2017/05/overbooking-02-1024x327.jpg 1024w, https://hernandezydiazabogados.com/wp-content/uploads/2017/05/overbooking-02-610x195.jpg 610w, https://hernandezydiazabogados.com/wp-content/uploads/2017/05/overbooking-02-1080x345.jpg 1080w" sizes="(max-width: 2481px) 100vw, 2481px" class="wp-image-392" /></span>
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				<div class="et_pb_text_inner"><blockquote><p>Para <strong>demostrar la no voluntariedad y que se pueda reclamar, debe quedar por escrito</strong> lo sucedido, incluida la fecha del incidente. Para ello, el usuario puede acudir al mostrador de la compañía aérea en el aeropuerto o en su defecto a los stands de AENA o las autoridades para pedir un documento que acredite el <em>overbooking</em>.</p></blockquote>
<h4>Tras esto, el viajero tiene derecho a lo siguiente:</h4>
<ol class="list">
<li><strong>Derecho de asistencia</strong>: La compañía aérea deberá ofrecer gratuitamente manutención (refrescos y comida) suficiente en función del tiempo de espera, así como dos llamadas telefónicas o mensajes de fax o correo electrónico. Además, en los casos en los que la salida del transporte alternativo se produjera al día siguiente o días más tarde, el brindar alojamiento y transporte entre éste y el aeropuerto es una obligación.</li>
<li><strong>Derecho a compensación</strong>: Con indemnizaciones que dependen de la distancia del vuelo
<ul>
<li>Vuelos inferiores a 1.500 kilómetros: <strong>250 euros</strong></li>
<li>Vuelos entre 1.500 y 3.500 kilómetros: <strong>400 euros</strong></li>
<li>Vuelos superiores a 3.500 kilómetros: <strong>600 euros</strong></li>
</ul>
</li>
</ol>
<p>Además, cabe la posibilidad de reclamar daños y perjuicios para cualquiera de los tres casos anteriores.</p>
<p>EXPANSIÓN: <em>¿Qué hacer en caso de overbooking en el vuelo?</em>. [2017,05,29]. Recuperado de: http://www.expansion.com/juridico/actualidad-tendencias/2017/04/12/58ee10ce268e3eea598b466f.html</p>
<p>RECLAMADOR: <em>Qué hacer en caso de overbooking en mi vuelo. </em>[2017,06,13] Recuperado de: https://www.reclamador.es/blog/que-hacer-en-caso-de-overbooking/</p>
<p>&nbsp;</p>
<h4 style="text-align: center;">¿Sigues teniendo dudas?, ¿te ha pasado?. ¡<span style="color: #81b4cd;"><a href="https://hernandezydiazabogados.com/contacto/">Contacta</a> </span>con nosotros y te ayudaremos!</h4></div>
			</div>
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			<article id="post-359" class="et_pb_post clearfix et_pb_blog_item_0_0 post-359 post type-post status-publish format-standard has-post-thumbnail hentry category-casos-reales">

				<a href="https://hernandezydiazabogados.com/evitar-problemas-en-tus-vacaciones-overbooking/" class="entry-featured-image-url"><img loading="lazy" decoding="async" src="https://hernandezydiazabogados.com/wp-content/uploads/2017/05/evitar-problemas.jpg" alt="Evitar problemas en tus vacaciones: Overbooking" class="" width="1080" height="675" /></a>
														<h2 class="entry-title">
													<a href="https://hernandezydiazabogados.com/evitar-problemas-en-tus-vacaciones-overbooking/">Evitar problemas en tus vacaciones: Overbooking</a>
											</h2>
				
					<p class="post-meta">por <span class="author vcard"><a href="https://hernandezydiazabogados.com/author/echeide/" title="Mensajes de echeide" rel="author">echeide</a></span> | <span class="published">May 29, 2017</span> | <a href="https://hernandezydiazabogados.com/category/casos-reales/" rel="tag">Casos Reales</a> | 0 Comentario</p><div class="post-content"><div class="post-content-inner"><p>Ahora que empieza la temporada de vacaciones de verano, en Hernandez y Díaz Abogados queremos ayudarte a solventar algunos inconvenientes que pueden surgir a la hora de realizar tus viajes. Te pondremos varios casos para que estés preparado ante alguna de las...</p>
</div></div>			
			</article>
				
			<article id="post-344" class="et_pb_post clearfix et_pb_blog_item_0_1 post-344 post type-post status-publish format-standard has-post-thumbnail hentry category-abogados-tenerife category-derecho-familia">

				<a href="https://hernandezydiazabogados.com/mi-ex-pareja-incumple-el-regimen-de-visitas-que-hago/" class="entry-featured-image-url"><img loading="lazy" decoding="async" src="https://hernandezydiazabogados.com/wp-content/uploads/2017/01/affection-1866868_960_720.jpg" alt="MI EX PAREJA INCUMPLE EL RÉGIMEN DE VISITAS, ¿QUÉ HAGO?" class="" width="1080" height="675" /></a>
														<h2 class="entry-title">
													<a href="https://hernandezydiazabogados.com/mi-ex-pareja-incumple-el-regimen-de-visitas-que-hago/">MI EX PAREJA INCUMPLE EL RÉGIMEN DE VISITAS, ¿QUÉ HAGO?</a>
											</h2>
				
					<p class="post-meta">por <span class="author vcard"><a href="https://hernandezydiazabogados.com/author/eloy-diaz/" title="Mensajes de Eloy Díaz" rel="author">Eloy Díaz</a></span> | <span class="published">Ene 26, 2017</span> | <a href="https://hernandezydiazabogados.com/category/abogados-tenerife/" rel="tag">Abogados Tenerife</a>, <a href="https://hernandezydiazabogados.com/category/derecho-familia/" rel="tag">Derecho Familia</a> | 0 Comentario</p><div class="post-content"><div class="post-content-inner"><p>Desde #HernándezyDíazAbogados queremos analizar una cuestión que está a la orden en nuestro día a día y que, como padres/madres, debemos conocer. En primer lugar debemos saber, ¿qué se entiende por incumplimiento del régimen de visitas? Con independencia del motivo,...</p>
</div></div>			
			</article>
				
			<article id="post-341" class="et_pb_post clearfix et_pb_blog_item_0_2 post-341 post type-post status-publish format-standard has-post-thumbnail hentry category-abogados-tenerife category-casos-reales category-derecho-civil category-noticias-juridicas">

				<a href="https://hernandezydiazabogados.com/recupere-los-gastos-de-formalizacion-de-su-hipoteca/" class="entry-featured-image-url"><img loading="lazy" decoding="async" src="https://hernandezydiazabogados.com/wp-content/uploads/2017/01/garantia_depositos.jpg" alt="RECUPERE LOS GASTOS DE FORMALIZACIÓN DE SU HIPOTECA" class="" width="1080" height="675" /></a>
														<h2 class="entry-title">
													<a href="https://hernandezydiazabogados.com/recupere-los-gastos-de-formalizacion-de-su-hipoteca/">RECUPERE LOS GASTOS DE FORMALIZACIÓN DE SU HIPOTECA</a>
											</h2>
				
					<p class="post-meta">por <span class="author vcard"><a href="https://hernandezydiazabogados.com/author/eloy-diaz/" title="Mensajes de Eloy Díaz" rel="author">Eloy Díaz</a></span> | <span class="published">Ene 16, 2017</span> | <a href="https://hernandezydiazabogados.com/category/abogados-tenerife/" rel="tag">Abogados Tenerife</a>, <a href="https://hernandezydiazabogados.com/category/casos-reales/" rel="tag">Casos Reales</a>, <a href="https://hernandezydiazabogados.com/category/derecho-civil/" rel="tag">Derecho Civil</a>, <a href="https://hernandezydiazabogados.com/category/noticias-juridicas/" rel="tag">Noticias Jurídicas</a> | 0 Comentario</p><div class="post-content"><div class="post-content-inner"><p>En este nuevo post, seguiremos tratando los préstamos hipotecarios, concretamente, hablaremos de los gastos de formalización de hipotecas, y para ser más exactos, analizamos la sentencia 705/2015, de 23 de diciembre de 2015, del Tribunal Supremo, que declara abusivas...</p>
</div></div>			
			</article>
				
			<article id="post-338" class="et_pb_post clearfix et_pb_blog_item_0_3 post-338 post type-post status-publish format-standard has-post-thumbnail hentry category-abogados-tenerife category-casos-reales category-derecho-civil category-noticias-juridicas">

				<a href="https://hernandezydiazabogados.com/nos-podemos-fiar-de-los-bancos-en-la-devolucion-de-lo-cobrado-por-las-clausulas-suelo/" class="entry-featured-image-url"><img loading="lazy" decoding="async" src="https://hernandezydiazabogados.com/wp-content/uploads/2017/01/4040181094_b5c3e179b2_b-1024x675.jpg" alt="¿NOS PODEMOS FIAR DE LOS BANCOS EN LA DEVOLUCIÓN DE LO COBRADO POR LAS CLÁUSULAS SUELO?" class="" width="1080" height="675" /></a>
														<h2 class="entry-title">
													<a href="https://hernandezydiazabogados.com/nos-podemos-fiar-de-los-bancos-en-la-devolucion-de-lo-cobrado-por-las-clausulas-suelo/">¿NOS PODEMOS FIAR DE LOS BANCOS EN LA DEVOLUCIÓN DE LO COBRADO POR LAS CLÁUSULAS SUELO?</a>
											</h2>
				
					<p class="post-meta">por <span class="author vcard"><a href="https://hernandezydiazabogados.com/author/eloy-diaz/" title="Mensajes de Eloy Díaz" rel="author">Eloy Díaz</a></span> | <span class="published">Ene 14, 2017</span> | <a href="https://hernandezydiazabogados.com/category/abogados-tenerife/" rel="tag">Abogados Tenerife</a>, <a href="https://hernandezydiazabogados.com/category/casos-reales/" rel="tag">Casos Reales</a>, <a href="https://hernandezydiazabogados.com/category/derecho-civil/" rel="tag">Derecho Civil</a>, <a href="https://hernandezydiazabogados.com/category/noticias-juridicas/" rel="tag">Noticias Jurídicas</a> | 0 Comentario</p><div class="post-content"><div class="post-content-inner"><p>Tratamos hace unos días en nuestro blog la repercusión de la Resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 21 de diciembre de 2016, que estima que los bancos han de devolver todo el dinero cobrado por las cláusulas suelo abusivas, y las reacciones no se...</p>
</div></div>			
			</article>
				
			<article id="post-315" class="et_pb_post clearfix et_pb_blog_item_0_4 post-315 post type-post status-publish format-standard has-post-thumbnail hentry category-abogados-tenerife category-casos-reales category-derecho-civil category-noticias-juridicas tag-hernandez-y-diaz-abogados-tenerife">

				<a href="https://hernandezydiazabogados.com/retroactividad-total-de-las-clausulas-suelo/" class="entry-featured-image-url"><img loading="lazy" decoding="async" src="https://hernandezydiazabogados.com/wp-content/uploads/2017/01/home-366927_960_720.jpg" alt="RETROACTIVIDAD TOTAL DE LAS CLÁUSULAS SUELO" class="" width="1080" height="675" /></a>
														<h2 class="entry-title">
													<a href="https://hernandezydiazabogados.com/retroactividad-total-de-las-clausulas-suelo/">RETROACTIVIDAD TOTAL DE LAS CLÁUSULAS SUELO</a>
											</h2>
				
					<p class="post-meta">por <span class="author vcard"><a href="https://hernandezydiazabogados.com/author/eloy-diaz/" title="Mensajes de Eloy Díaz" rel="author">Eloy Díaz</a></span> | <span class="published">Ene 4, 2017</span> | <a href="https://hernandezydiazabogados.com/category/abogados-tenerife/" rel="tag">Abogados Tenerife</a>, <a href="https://hernandezydiazabogados.com/category/casos-reales/" rel="tag">Casos Reales</a>, <a href="https://hernandezydiazabogados.com/category/derecho-civil/" rel="tag">Derecho Civil</a>, <a href="https://hernandezydiazabogados.com/category/noticias-juridicas/" rel="tag">Noticias Jurídicas</a> | 0 Comentario</p><div class="post-content"><div class="post-content-inner"><p>Estrenamos nuestro blog de Noticias Jurídicas con esta publicación de calado a nivel nacional. Esta Resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 21 de diciembre de 2016, da la razón a los consumidores, obligando a los bancos a devolver todo el dinero cobrado por las cláusulas suelo abusivas, desde el inicio del préstamo, y no sólo desde el 9 de mayo de 2013. </p>
</div></div>			
			</article>
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			</div>
<p>La entrada <a href="https://hernandezydiazabogados.com/evitar-problemas-en-tus-vacaciones-overbooking/">Evitar problemas en tus vacaciones: Overbooking</a> se publicó primero en <a href="https://hernandezydiazabogados.com">Hernández &amp; Díaz Abogados</a>.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>MI EX PAREJA INCUMPLE EL RÉGIMEN DE VISITAS, ¿QUÉ HAGO?</title>
		<link>https://hernandezydiazabogados.com/mi-ex-pareja-incumple-el-regimen-de-visitas-que-hago/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Eloy Díaz]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 26 Jan 2017 20:27:42 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados Tenerife]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho Familia]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Desde #HernándezyDíazAbogados queremos analizar una cuestión que está a la orden en nuestro día a día y que, como padres/madres, debemos conocer. En primer lugar debemos saber, ¿qué se entiende por incumplimiento del régimen de visitas? Con independencia del motivo, el hecho de no cumplir de forma reiterada e injustificada el régimen de visitas establecido [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a href="https://hernandezydiazabogados.com/mi-ex-pareja-incumple-el-regimen-de-visitas-que-hago/">MI EX PAREJA INCUMPLE EL RÉGIMEN DE VISITAS, ¿QUÉ HAGO?</a> se publicó primero en <a href="https://hernandezydiazabogados.com">Hernández &amp; Díaz Abogados</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Desde #HernándezyDíazAbogados queremos analizar una cuestión que está a la orden en nuestro día a día y que, como padres/madres, debemos conocer.</p>
<p>En primer lugar debemos saber, <strong>¿qué se entiende por incumplimiento del régimen de visitas?</strong></p>
<p>Con independencia del motivo, el hecho de no cumplir de forma reiterada e injustificada el régimen de visitas establecido en convenio o resolución judicial, es un “<u>incumplimiento</u>“.</p>
<p><strong>Si estoy ante un incumplimiento, ¿qué hago?</strong></p>
<p>Estará pensando …denunciar…, pues no. Si bien anteriormente esta era la actuación correcta, tras la reforma del Código Penal, no puede acudirse a la policía o al Juzgado de guardia a interponer una denuncia ante dicho incumplimiento.</p>
<p>Actualmente al estar esta conducta despenalizada, <u>los incumplimientos del régimen de visitas se deben tramitar por la vía civil.</u></p>
<p>Así pues, los caminos que debemos tomar serán distintos en función de las circunstancias del caso concreto:</p>
<ul>
<li>Si existen incumplimiento pero se llega a un nuevo acuerdo:
<ol>
<li>Con carácter temporal, se puede hacer un documento privado o ante notario, firmado por ambas partes en el que se recoja el régimen de visitas durante ese tiempo.</li>
<li>Con carácter definitivo, se deberá poner una demanda de modificación de las medidas que ya existen solicitando que se recojan las nuevas circunstancias.</li>
</ol>
</li>
</ul>
<ul>
<li>Si hay conflicto:
<ol>
<li>Habrá que hacerle <u>requerimientos previos</u> (aconsejamos, burofax), instando el cumplimiento del convenio o la sentencia, para lo cual aconsejamos asesoramiento legal.</li>
<li>Si tras el requerimiento no cesan los incumplimientos, deberá interponer una <u>demanda de ejecución</u> del convenio o sentencia, mediante la cual el Juzgado requerirá al progenitor incumplidor para que cumpla con su obligación.</li>
<li>Si el progenitor continúa sin cumplir, se le podrá apremiar con <u>multas conforme</u> al artículo 776.2ª de la Ley de Enjuiciamiento Civil, es decir, se le impondrá una multa por cada mes que transcurra sin cumplir las obligaciones del convenio o sentencia.</li>
</ol>
</li>
</ul>
<p><strong>¿Qué pasa si aun así continúa incumpliendo?</strong></p>
<p>Tal y como avanzamos en el punto anterior, con el antiguo Código Penal, ante los incumplimientos en el régimen de visitas se podía denunciar dando lugar a un juicio de faltas en atención al artículo 618.2: <em>“el que incumpliere obligaciones familiares establecidas en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial en los supuestos de separación legal, divorcio, declaración de nulidad del matrimonio, proceso de filiación o proceso de alimentos a favor de sus hijos, que no constituya delito, será castigado con la pena de multa de 10 días a dos meses o trabajos en beneficio de la comunidad de uno a 30 días”.</em></p>
<p><em> </em>Actualmente al estar esta conducta despenalizada, no son perseguibles, a priori, por la vía penal.</p>
<p><strong> </strong><strong>¿Significa esto que no puede acudir a la vía penal?</strong></p>
<p>Nuestro ordenamiento no veta por completo el acceso a la vía penal en este tipo de conductas, así, si ha habido un requerimiento judicial y el incumplimiento persiste, se puede entender que estaríamos ante un <u>delito de desobediencia a la autoridad previsto en el artículo 556 del Código Penal.</u></p>
<p>Es decir, si después de realizados los trámites previstos por la vía civil, el progenitor “infractor” persiste en su quebrantamiento, también se podrá acudir a la vía penal por comisión de un presunto delito de desobediencia grave a la autoridad judicial.</p>
<p>Hay que tener presente que, de forma paralela, todo lo anterior puede desembocar en un procedimiento de Modificación de Medidas solicitando la modificación del régimen de visitas o incluso la custodia del menor, justificando dicha modificación en el incumplimiento reiterado de las obligaciones del régimen de visitas.</p>
<p>Ante un incumplimiento del régimen de visitas, para acudir tanto a la vía judicial civil como, posteriormente a la penal, será necesario comparecer mediante abogado y procurador, por lo que, si está ante una situación como esta, le recomendamos actuar de forma rápida y, para ello, puede contar con el equipo profesional de #HernándezyDíazAbogados, despacho de abogados en Tenerife, especialistas en #DerechoFamilia. Contacte con nosotros solicitando <a href="https://hernandezydiazabogados.com/contacto/">Cita Previa</a>.</p>
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		<title>RECUPERE LOS GASTOS DE FORMALIZACIÓN DE SU HIPOTECA</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Eloy Díaz]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 16 Jan 2017 18:51:58 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados Tenerife]]></category>
		<category><![CDATA[Casos Reales]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho Civil]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias Jurídicas]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>En este nuevo post, seguiremos tratando los préstamos hipotecarios, concretamente, hablaremos de los gastos de formalización de hipotecas, y para ser más exactos, analizamos la sentencia 705/2015, de 23 de diciembre de 2015, del Tribunal Supremo, que declara abusivas las cláusulas con las que algunos bancos imponen a sus clientes el pago de todos los gastos [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>En este nuevo post, seguiremos tratando los préstamos hipotecarios, concretamente, hablaremos de los<strong> gastos de formalización de hipotecas</strong>, y para ser más exactos, analizamos la <strong>sentencia 705/2015, de 23 de diciembre de 2015, del Tribunal Supremo</strong>, que declara abusivas las cláusulas con las que algunos bancos imponen a sus clientes el pago de todos los gastos de constitución de las hipotecas, cuando en realidad, estos deben ser asumidos por los bancos, al menos una parte de ellos, pues son las entidades bancarias las que tienen el interés principal en la documentación e inscripción de la escritura hipotecaria, pues al ser las prestamistas de la relación, obtienen un título ejecutivo (<em>artículo 517 de la Ley de Enjuiciamiento Civil</em>), constituyen la garantía real (<em>artículos 1875 del Código Civil y 2.2 de la Ley Hipotecaria</em>) y adquieren la posibilidad de ejecución especial (<em>artículo 685 de la Ley de Enjuiciamiento Civil</em>).</p>
<p>¿Hay plazo para reclamar la devolución de estos gastos?</p>
<p>Mucho se ha especulado sobre el plazo para reclamar la devolución de los gastos de formalización de las hipotecas, sin embargo, hemos de tener claro que la acción a ejercitar ante los Tribunales es la acción de nulidad de pleno derecho de una cláusula abusiva (<em>artículos 83 y 89 de la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios, en relación con los artículos 5 y 7 de la Lay de Condiciones Generales de la Contratación), </em>y esta acción es imprescriptibles, por lo que <strong>no es relevante que el contrato de préstamo siga vigente o esté ya amortizado a la hora de reclamar</strong>.</p>
<p>Desde #HernándezyDíazAbogados, despacho de abogados en Tenerife, le asesoramos en la reclamación de la nulidad de su cláusula, y la consiguiente reclamación de las cantidades pagadas, tanto extrajudicial como judicialmente, y <strong>solo cobramos si usted cobra</strong>.</p>
<p>Contacte con nosotros solicitando <a href="https://hernandezydiazabogados.com/contacto/">Cita Previa</a>, o llamando al 922 246 455.</p>
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		<title>¿NOS PODEMOS FIAR DE LOS BANCOS EN LA DEVOLUCIÓN DE LO COBRADO POR LAS CLÁUSULAS SUELO?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Eloy Díaz]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 14 Jan 2017 20:09:13 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados Tenerife]]></category>
		<category><![CDATA[Casos Reales]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho Civil]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Tratamos hace unos días en nuestro blog la repercusión de la Resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 21 de diciembre de 2016, que estima que los bancos han de devolver todo el dinero cobrado por las cláusulas suelo abusivas, y las reacciones no se han hecho esperar. El Gobierno prepara un mecanismo [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Tratamos hace unos días en nuestro blog la repercusión de la Resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 21 de diciembre de 2016, que estima que los bancos han de devolver todo el dinero cobrado por las cláusulas suelo abusivas, y las reacciones no se han hecho esperar. El Gobierno prepara un mecanismo extrajudicial para la devolución de lo cobrado por los bancos, <strong>sin embargo, la OCU y Facua ya han denunciado que los bancos están intentando no devolver lo cobrado por las cláusulas suelo.</strong></p>
<p>En este sentido, Rubén Sánchez, portavoz de Facua, ha alertado de estas ofertas trampa: «Era más que previsible que las mismas entidades que engañaron a millones de consumidores con sus hipotecas trampa volverían a intentarlo pese a que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) deja claro que los bancos tienen que devolver absolutamente todo lo que cobraron de más».</p>
<p>Por su parte, la OCU también advierte que algunas entidades están ofreciendo a los afectados cambiar el préstamo variable con suelo por un préstamo a tipo fijo, e incluyendo en estos pactos la renuncia a emprender acciones legales con la única intención de cerrar la puerta a los consumidores a reclamar las cantidades pagadas por estas cláusulas.</p>
<p>Desde #HernándezyDíazAbogados, despacho de abogados en Tenerife, le asesoramos en la reclamación de la nulidad de su cláusula suelo, y la consiguiente reclamación de las cantidades pagadas, tanto extrajudicial como judicialmente, y <strong>solo cobramos si usted cobra</strong>. Contacte con nosotros solicitando <a href="https://hernandezydiazabogados.com/contacto/">Cita Previa</a>.</p>
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		<title>RETROACTIVIDAD TOTAL DE LAS CLÁUSULAS SUELO</title>
		<link>https://hernandezydiazabogados.com/retroactividad-total-de-las-clausulas-suelo/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Eloy Díaz]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 Jan 2017 16:35:15 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Abogados Tenerife]]></category>
		<category><![CDATA[Casos Reales]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho Civil]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias Jurídicas]]></category>
		<category><![CDATA[Hernández y Díaz Abogados Tenerife]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Estrenamos nuestro blog de Noticias Jurídicas con esta publicación de calado a nivel nacional. Esta Resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 21 de diciembre de 2016, da la razón a los consumidores, obligando a los bancos a devolver todo el dinero cobrado por las cláusulas suelo abusivas, desde el inicio del préstamo, y no sólo desde el 9 de mayo de 2013. </p>
<p>La entrada <a href="https://hernandezydiazabogados.com/retroactividad-total-de-las-clausulas-suelo/">RETROACTIVIDAD TOTAL DE LAS CLÁUSULAS SUELO</a> se publicó primero en <a href="https://hernandezydiazabogados.com">Hernández &amp; Díaz Abogados</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: left;"><span style="color: #000000;">Estrenamos nuestro blog de Noticias Jurídicas con esta publicación de calado a nivel nacional. Esta Resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 21 de diciembre de 2016, da la razón a los consumidores, obligando a los bancos a devolver todo el dinero cobrado por las cláusulas suelo abusivas, desde el inicio del préstamo, y no sólo desde el 9 de mayo de 2013.</span></p>
<p><span style="color: #000000;">En su sentencia, el Tribunal de Justicia considera, que «La declaración judicial del carácter abusivo de una cláusula debe tener como consecuencia el<strong> restablecimiento de la situación en la que se encontraría el consumidor de no haber existido dicha cláusula</strong>. Por consiguiente, la declaración del carácter abusivo de las cláusulas suelo debe permitir la restitución de las ventajas obtenidas indebidamente por el profesional en detrimento del consumidor».</span></p>
<p><span style="color: #000000;">«Por consiguiente, de tal limitación en el tiempo resulta una protección de los consumidores incompleta e insuficiente que no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de las cláusulas abusivas, en contra de lo que exige la Directiva», añade el fallo comunitario. Esta sentencia no es de aplicación inmediata, sino que tendrá que ser adoptada por el Supremo en las próximas declaraciones de nulidad de estas cláusulas. Asimismo, tampoco las declara nulas en todos los casos, por lo que los consumidores deberán seguir pleiteando para lograr dicha declaración; en caso de sentencia favorable, <strong>se les devolverá todo el dinero pagado de más desde la firma de la hipoteca</strong>.  </span></p>
<p><span style="color: #000000;">Desde #HernándezyDíazAbogados le asesoramos en la reclamación de la nulidad de su cláusula suelo y la consiguiente reclamación de las cantidades pagadas. Contacte con nosotros solicitando</span> <a href="https://hernandezydiazabogados.com/contacto/">Cita Previa</a>.</p>
<p><a href="http://www.elconfidencial.com/vivienda/2016-12-21/unicaja-liberbank-sabadell-sentencia-clausulas-suelo-tribunal-ue-luxemburgo_1307075/">http://www.elconfidencial.com/vivienda/2016-12-21/unicaja-liberbank-sabadell-sentencia-clausulas-suelo-tribunal-ue-luxemburgo_1307075/</a></p>
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